mayorazgo
s m
1 Régimen legal especial, vigente durante la Colonia, al que se sometían algunos bienes patrimoniales y según el cual éstos no podían ser enajenados ni gravados, y sólo podían transmitirse por herencia, la cual correspondía, generalmente, al hijo varón mayor de cada generación
2 Conjunto de los bienes sometidos a este régimen
3 Hijo mayor, heredero de los bienes familiares en ese régimen.
Diccionario del español usual en México