formalismo
El término es utilizado a menudo en un sentido peyorativo, para describir el análisis (ya sea en artículos o en opiniones judiciales) que se mueve mecánica o automáticamente de una categoría o concepto a una conclusión, sin consideración política, moral o práctica alguna. El argumento en contra del formalismo (enfoques similares fueron también criticados bajo las denominaciones de “jurisprudencia mecánica” y “conceptualismo”) fue que el movimiento de una categoría a una conclusión jurídica es tanto injustificado como imprudente. El formalismo fue el blanco particular elegido por los realistas jurídicos norteamericanos que escribieron en las primeras décadas del siglo XX.
Ocasionalmente, algunos teóricos modernos declaran su afinidad hacia el “formalismo”, pero casi siempre se refieren a algo bastante diferente de aquello que los realistas jurídicos estaban atacando. A veces, a lo que se refieren con este uso más positivo de “formalismo” es lo que otros llaman “textualismo” —una afirmación de que las leyes o Constituciones deberían ser interpretadas de acuerdo con su significado literal y no (ya que esto sería diferente) de acuerdo con los propósitos que las subyacen o las intenciones de los legisladores—. Aun así, otros teóricos usan “formalismo” para referirse a un conjunto de perspectivas que incluyen no sólo al textualismo, sino también a una preferencia hacia las normas por sobre los criterios, la interpretación (especialmente de las disposiciones constitucionales, pero también, ocasionalmente, de las leyes) de acuerdo con las intenciones originales del legislador, y/o una creencia de que las áreas doctrinales del derecho deberían ser interpretadas en maneras que sean consistentes con su “esencia” o su “forma básica”. Una variante de esta última perspectiva positiva del “formalismo” es el uso del término para describir la manera en la cual el uso de normas para tomar decisiones y organizar las instituciones necesariamente limita las opciones de los que toman decisiones, una limitación que tiene ventajas al igual que desventajas. Véase autonomía del derecho; conceptualismo; realismo jurídico norteamericano; teorías de la adjudicación; textualismo
Diccionario de teoria jurídica