realismo
El término “realismo” puede tener significados muy variados, incluso contradictorios, en los estudios sobre teoría del derecho. El uso más común deriva de la manera en que el término es usado tanto en el habla común como en la literatura y la pintura: “realismo” alude a algo más realista, un retrato menos idealizado del mundo. En este sentido, los movimientos tanto del realismo norteamericano como del realismo escandinavo intentaron eliminar la mistificación y las capas legitimadoras de la retórica en las investigaciones acerca del derecho. El otro significado de “realismo” proviene del uso filosófico del término, que involucra una afirmación de que los términos de un cierto tipo de discurso seleccionan una cosa que realmente existe en el mundo. Ya que el término es comúnmente usado en la filosofía para analizar el debate acerca de los términos morales, un realista de este tipo podría creer en la existencia de las “ideas” o las “formas” platónicas que tienen un tipo de existencia diferente al de este mundo, pero siguen siendo los referentes, en este enfoque, de términos como “bien”. (Incluso dentro de las discusiones filosóficas, el uso de “realista” y “realismo” está en disputa, pues algunos teóricos caracterizan como “realistas” a puntos de vista de áreas del discurso, siempre que se puedan asignar valores de verdad a las proposiciones en el área —aun sin las tesis ontológicas (“platonismo”) acerca de lo que existe en el mundo—).
Véase Platón; realismo jurídico escandinavo; realismo jurídico norteamericano
Diccionario de teoria jurídica