fondo nacional del ambiente

Fondo fiduciario que tiene por objeto financiar planes, programas, proyectos y actividades orientadas a la protección del ambiente, el fortalecimiento de la gestión ambiental, el uso sostenible de los recursos naturales y el patrimonio ambiental mediante mecanismos institucionales financieros. Este fondo constituye una institución de derecho privado, sin fines de lucro y de interés público y social, con personería jurídica propia, con arreglo a las normas legales. Se creo mediante Ley 26793 (22 de mayo de 1997). Siglas: FONAM.

Recurso: Diccionario ecológico on Buho.Guru