píldora del día siguiente

[ f, FSINT, cva, EP, pr ]

El Congreso de los Diputados pidió ayer al Gobierno que promueva la dispensación gratuita de la *píldora del día siguiente*, un complejo hormonal para evitar embarazos que se toma después del coito.

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  1. píldora del día siguiente — informal, dosis elevada de un estrógeno, administrada por vía oral y durante un corto período de tiempo a una mujer en las 24-72 horas después del coito para evitar la concepción, que se utiliza sobre todo en situaciones de emergencia como la violación o el incesto. Diccionario médico