análisis de clases naturales

Idea perteneciente a la filosofía del lenguaje, desarrollada principalmente en los trabajos de Hilary Putnam (1926- ) y Saúl Kripke (1940- ). El argumento consiste en que el significado del término que denota a un objeto, en muchos casos, no está determinado por las creencias que tengamos sobre ese objeto, sino por la mejor teoría científica que explique su naturaleza. En ocasiones, esta idea se resume diciendo que “el significado no está en nuestra mente”; antes bien, el significado está determinado, en parte o enteramente, por el mundo. Para las clases naturales, por lo tanto, la extensión determina el significado, y no al revés. Este tipo de análisis resulta mucho más apropiado para objetos físicos, cuya existencia no depende de nosotros, que para objetos y categorías que son por completo invenciones humanas.

La importancia para la teoría del derecho es que algunos teóricos (p. ej. Michael Moore (1943- ) y Nicos Stavropoulos) han intentado usar el análisis de clases naturales, o una variante de él, como un enfoque adecuado para analizar conceptos jurídicos o para interpretar conceptos no jurídicos cuando aparecen en textos legales. El enfoque de clases naturales ha sido también empleado como base para apoyar una mayor objetividad en el derecho. El argumento de estos teóricos es que los legisladores tienen —o deberíamos pensar que tienen— la intención de que sus referencias a conceptos jurídicos y morales (p. ej. “pena cruel e inusitada” o “dolo”) denoten una entidad o categoría objetiva nombrada por el término, en vez de referir las creencias (imperfectas) que los legisladores pudieran tener con respecto a esas categorías. análisis económico del derecho Es la aplicación de las formas de análisis desarrolladas en economía —entendiendo “economía” en sentido amplio para abarcar la economía neoclásica, la teoría de la elección pública y la teoría de juegos— a diversas cuestiones de derecho.

El análisis económico puede ser utilizado para predecir cuáles son los efectos que tendrán las normas jurídicas, para defender reformas que favorezcan la creación de normas económicamente más “eficientes” y para predecir la manera en que las normas jurídicas se modificarán en el futuro. El análisis económico también ha sido utilizado como una explicación de las normas existentes, la cual describe en términos económicos por qué tales normas fueron elegidas (o desarrolladas) en lugar de otras alternativas.

Un pilar del análisis económico del derecho es el teorema de Coase, el cual muestra cómo en un mundo sin coste de transacción la distribución inicial de la titularidad de los derechos no afectaría la distribución eventual de derechos y actividades, ya que las partes intervendrían en negociaciones voluntarias hasta que los derechos terminaran en las manos de quienes los valoren más. En cierto sentido, el teorema de Coase mostró cómo el mercado superaría por lo general al derecho, haciendo que la titularidad de los derechos termine en manos de quienes están dispuestos a pagar más por ellos. El teorema de Coase también notó que este resultado no ocurriría si el coste de transacción fuera demasiado alto. Algunos teóricos han utilizado este aspecto del teorema de Coase para apoyar normas jurídicas y decisiones (p. ej. en casos de responsabilidad civil) que minimizarían el coste de transacción, por un lado, o que imitarían lo que el mercado habría hecho de no haber existido un coste de transacción relevante, por el otro. El análisis económico del derecho, particularmente en sus primeras etapas de desarrollo, tenía también una dimensión “descriptiva” o “positiva”, de la cual algunos teóricos trataron de argumentar que la mayoría de las normas del Common Law eran eficientes (en términos distintos, que maximizaban la riqueza social). La eficiencia económica fue propuesta como la meta consciente o inconsciente de los jueces que desarrollaban las doctrinas del Common Law en diversas áreas del derecho privado. Pocos teóricos siguen defendiendo esta línea de argumentación: las tesis sobre si las doctrinas eran o no eficientes fueron altamente controvertidas, y nunca fue fácil explicar por qué o cómo los jueces del siglo XIX pudieron haber sido los agentes inconscientes de la maximización de la riqueza (lo que no implica negar que a veces los jueces decidían de manera consciente o inconsciente para intentar ayudar a los negocios y al capitalismo).

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru