teoría [i]queer[/i]

* La palabra queer hace referencia a la homosexualidad, generalmente en sentido peyorativo. Sin embargo, en las últimas décadas algunas personas y académicos han empleado el vocablo con una intención neutral o incluso positiva [N. de los T.]

Al igual que el feminismo, la teoría crítica desde el punto de vista racial y algunas de las derivaciones de ambos enfoques, la teoría queer del derecho afirma que es útil tratar como categoría a parte o gran parte del trabajo realizado por homosexuales, bisexuales y personas “transgénero” en relación con el lugar y el trato que reciben estos grupos en el derecho y en la sociedad. La teoría queer generalmente se cuida de no ser “esencialista” sobre la sexualidad, y tiende a asumir o a insistir en que la homosexualidad, como un estatus, es, al menos en cierta medida, socialmente construida. Pero al igual que en otros movimientos basados en la identidad, como la teoría crítica desde el punto de vista racial y la teoría feminista del derecho, existe una tensión entre rechazar el “esencialismo” al mismo tiempo que se defiende la “construcción social”, por una parte, y afirmar que los miembros de este grupo (socialmente construido) tienen una perspectiva distinta que ofrecer, por la otra (una posición intermedia consiste en afirmar que la perspectiva distinta de uno proviene no de una naturaleza esencialista distintiva, sino de la experiencia de ser oprimido, discriminado y estereotipado por la sociedad). En general, los teóricos queer suelen considerar a casi todas las formas de sexualidad como liberadoras, colocándose por ello en tensión con algunos teóricos del feminismo jurídico, quienes consideran algunas formas de sexualidad como explotadoras o degradantes.

Véase esencialismo; teoría crítica desde el punto de vista racial; teoría feminista del derecho

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru