conceptualismo

Término peyorativo comúnmente usado por los realistas jurídicos norteamericanos y sus seguidores para acusar a sus adversarios de derivar indebidamente conclusiones de la sola naturaleza de conceptos abstractos (p. ej. “contrato” y “propiedad”). Por ejemplo, algunas veces se planteaba que los tribunales debían invalidar la zonificación urbana y otras regulaciones sobre uso de la tierra, ya que tales regulaciones eran contrarias a la naturaleza de “propiedad”. La acusación de “conceptualismo” frecuentemente se relaciona, o se identifica, con la acusación de “formalismo” (el “conceptualismo” no debería confundirse con el “análisis conceptual”: el análisis conceptual es un esfuerzo por determinar la naturaleza o esencia de algún objeto o práctica —con todo, esto se convertiría en “conceptualismo” si alguien afirmara que los problemas significativos del derecho o la política deberían basarse en el supuesto análisis de un término—).

Véase formalismo; realismo jurídico norteamericano

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru

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  1. conceptualismo — 1. m. Sistema filosófico que defiende la realidad de las nociones universales y abstractas en tanto que son conceptos de la mente, sin concederles existencia positiva y separada fuera de ella. 2. arte conceptual. Diccionario de la lengua española