derechos legales

Los derechos legales son fuertes exigencias de cierto tipo que surgen o derivan de fuentes legales. Un “derecho” es un concepto básico tanto dentro del discurso moral como jurídico, y actualmente se sigue discutiendo sobre la mejor manera de entender la naturaleza de los derechos legales, la conexión entre los derechos legales y otros conceptos jurídicos, así como la conexión entre los derechos legales y los derechos morales. En cuanto a la relación entre los derechos legales y los derechos morales, la cuestión es si son de una naturaleza similar, divididos sólo por el contexto de las exigencias que se plantean, o si en realidad los dos tipos de derechos tienen naturalezas distintas.

Probablemente ciertos tipos de cuestiones concernientes a los derechos son igualmente aplicables a los derechos legales y morales: p. ej. si éstos se pueden entender de mejor manera en términos de elección o en términos de intereses protegidos; o bien, a quiénes se pueden atribuir los derechos (¿puede decirse que los niños tienen derechos?, ¿qué hay de los fetos?, ¿los animales?, ¿los muertos?, ¿los árboles?). La conexión o concurrencia entre los derechos legales y morales se vuelve especialmente complicada en el campo de los derechos constitucionales (en donde los derechos legales surgen de un texto legal fundamental, en el cual tales derechos frecuentemente se refieren a conceptos generales de moral como “igualdad”, “dignidad” y “debido proceso”) y en el campo de los derechos humanos (en donde los derechos se derivan supuestamente de la naturaleza humana; lo que constituye un tipo de análisis cercano a la tradición del derecho natural y los derechos naturales, pero el cual, en tiempos modernos, también suele basarse en textos e instituciones, p. ej. en los tratados y declaraciones internacionales). Los debates sobre la naturaleza de los derechos legales frecuentemente son caracterizados como discusiones entre las “teorías de la voluntad”, las cuales ubican la naturaleza de los derechos en poderes y alternativas otorgadas a un portador de derecho, y las “teorías del interés (o del beneficio)”, que localizan dicha naturaleza de los derechos en la protección legal de un interés.

Wesley Hohfeld (1879-1918) presentó una definición estipulativa de “derecho” bastante conocida, tal como este término era utilizado en las decisiones judiciales, en cuatro tipos: (1) derechos subjetivos, (2) libertades (Hohfeld usó el término “privilegios”), (3) potestades y (4) inmunidades. Véase derechos; Hohfeld, Wesley N.; teoría de la voluntad (de los derechos); teoría del interés (de los derechos) derechos subjetivos

Véase derechos

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru