funcionalismo

El término “funcionalismo” es utilizado para describir a aquellos que equiparan al “derecho” con el cumplimiento de ciertas funciones sociales. El término es a veces utilizado estrictamente para describir una cierta escuela de pensamiento dentro de la sociología o la antropología del derecho. Otras veces, el término es utilizado más ampliamente, p. ej. al describir a algunos de los realistas jurídicos norteamericanos (p. ej. Felix Cohen (1907-1953)) que enfatizaron la importancia de los papeles que tiene el derecho en la vida social, en contraste con lo que los realistas consideraban la perspectiva más metafísica del formalismo jurídico.

Véase derecho y sociedad; realismo jurídico norteamericano

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru

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  1. funcionalismo — m Movimiento artístico de diseño evolucionado de otras corrientes anteriores, a principios del siglo XX; caracterizado por la búsqueda de la función desempeñada por un objeto en cuestión, los métodos constructivos y materiales empleados para que quedasen cl Diccionario de arquitectura
  2. funcionalismo — 1. m. ling. Corriente lingüística que se basa en una interpretación funcional del lenguaje: el funcionalismo surgió a partir de la Escuela de Praga, y uno de sus representantes fue A. Martinet. 2. arquit. Diccionario de la lengua española