interpretación

Es la explicación o caracterización de un texto cuyo significado o significación no es evidente. Ya que la interpretación y la aplicación de los textos jurídicos (códigos, disposiciones constitucionales, contratos, testamentos, fideicomisos, decisiones judiciales previas, etcétera) resultan fundamentales para la práctica jurídica, no es de sorprender que la filosofía del derecho frecuentemente se haya adentrado en las cuestiones relativas a cuál es el enfoque adecuado para la interpretación jurídica.

Para muchos propósitos, los autores tienden a seguir la afirmación de Ludwig Wittgenstein (en las Investigaciones filosóficas (1953)) de que existe un tipo de entendimiento que no es una interpretación —esto es, que deberíamos considerar que el término y la práctica de la “interpretación” se limitan a textos complicados o a ciertos contextos importantes—.

Una minoría de autores ve a la interpretación como una actividad generalizada (y algunos también tienden a visualizar de manera muy amplia a los “textos” que necesitan ser interpretados). Dado que la interpretación se presenta en otros campos con textos —más evidentemente con la literatura—, existen problemas con respecto a la medida en la cual la interpretación jurídica es semejante a, o puede aprender de, la interpretación en otros campos. Algunos autores, como Ronald Dworkin (1931- ), han sostenido que la interpretación jurídica y la interpretación artística/literaria son esencialmente idénticas, pues ambas son ejemplos de la “interpretación constructiva”: hacer del objeto lo mejor que pueda ser dentro de su género (Dworkin ha convertido a la interpretación en una parte fundamental de su enfoque hacia la teoría del derecho, al sostener que tanto las determinaciones sobre qué es el derecho en cierto tema, así como la propia comprensión del derecho en general, son interpretativos). Otros autores (p. ej. Richard Posner (1939- )) han insistido en que la interpretación jurídica es muy diferente con respecto a la interpretación artística/literaria: por ejemplo, en la necesidad de una finalidad, la necesidad de una única respuesta correcta y la deferencia hacia las intenciones de los autores/legisladores.

El debate relativo a si hay o no una conexión entre la interpretación artística/literaria y la interpretación jurídica suscita dudas generales sobre la interpretación aplicables al contexto jurídico: ¿se puede hablar de interpretaciones “verdaderas” y “falsas”, o sólo de “mejores” y “peores”? y ¿qué limitaciones, si es que las hay, existen sobre las interpretaciones aceptables o defendibles de un texto? En este último punto, por ejemplo, Dworkin sostiene que si una interpretación no se ajusta suficientemente a los datos que pretende explicar, entonces ni siquiera califica como una interpretación, sin importar qué tan atractiva pueda ser en otros terrenos.

Véase autoridad; comunidad interpretativa; derecho y literatura; hermenéutica; intención; interpretación constructiva

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru

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  1. interpretación — s f Acto de interpretar algo o a alguien: una interpretación de Marx, una interpretación psicoanalítica, una interpretación musical. Diccionario del español usual en México
  2. interpretación — 1. f. Explicación del significado de algo: interpretación de jeroglíficos. 2. Traducción de una lengua a otra, en especial cuando se hace de forma oral: interpretación simultánea. Diccionario de la lengua española
  3. interpretación — Sinónimos: ■ comentario, explicación, análisis, apreciación, lectura, sentido, glosa, definición, conclusión, deducción, entendimiento, exégesis Diccionario de sinónimos y antónimos