racionalidad comunicativa, teoría de la

Es una teoría relacionada con el trabajo del filósofo alemán Jürgen Habermas (1929- ), y presentada en The Theory of Communicate Action (1981), así como en textos posteriores. En esa obra, Habermas contrasta la “acción comunicativa” con la “acción instrumental” y la “acción estratégica”. La “acción comunicativa” implica esfuerzos hacia la comprensión mutua. En la medida en que los acuerdos son obtenidos por medio del consenso y la persuasión no coactiva, en vez del engaño o la fuerza, éstos son legítimos. La idea de la racionalidad comunicativa (que Habermas describe como una “reformulación” de la “clásica concepción del razonamiento práctico” (Between Facts and Norms (1992)) apunta a criterios de corrección que derivan de todas las partes en una discusión, en vez de una verdad fundacional asumida, descubierta o impuesta (la teoría de la racionalidad comunicativa de Habermas, al menos en el texto de 1981, podría ser vista también como un esfuerzo por reunir formas más individualistas de análisis de la acción social con formas de análisis basadas en la “teoría de sistemas”). Para Habermas, la racionalidad comunicativa es el enfoque y el criterio apropiado tanto para los problemas prácticos (sociales y políticos) como para los problemas teóricos (científicos). En sus propios términos, es igualmente aplicable a la física y a la moral. La racionalidad comunicativa puede ser vista como el reflejo de un ideal en el cual los argumentos estarían sujetos a críticas y a justificaciones detalladas (en contraste con la mayoría de las situaciones prácticas, en donde frecuentemente no existe tiempo para la justificación detallada, y sí hay a menudo una rápida apelación a las pretensiones de autoridad o la amenaza de sanciones por desviarse de una norma).

Véase situación ideal de habla

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru