razonamiento jurídico

Algunos autores usan este término en un sentido amplio para abarcar todas las formas de análisis realizados por aquellos involucrados en el proceso de aplicar el derecho a los hechos (jueces, y de manera subsidiaria los defensores que tratan de influir en las opiniones judiciales y los teóricos del derecho que evalúan las decisiones judiciales). Otros autores usan el término en un sentido más estricto para referirse a lo que implican los materiales jurídicos. Puesto que los jueces pueden o deberían tomar en cuenta materiales extrajurídicos, tales pensadores distinguirían “lo que el derecho es” o “lo que el derecho exige” de “cómo el juez decidirá/debería decidir este caso”. El razonamiento jurídico, bajo esta interpretación, es un análisis a partir de los materiales jurídicos, entendiendo “materiales jurídicos” en sentido estricto, mientras que el “razonamiento judicial” tendría una referencia distinta o más amplia. Gran parte del movimiento del realismo jurídico norteamericano formuló críticas en relación con el razonamiento jurídico, tanto para una corrección en la comprensión de las prácticas actuales como para sugerir reformas a dichas prácticas.

Véase Hutcheson, Joseph C. Jr.; Levi, Edward H.; razonamiento analógico; realismo jurídico norteamericano; teoría coherentista

Recurso: Diccionario de teoria jurídica on Buho.Guru